¿Qué es y por qué conviene?
La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es una persona jurídica distinta a ti. Permite uno o varios socios (naturales o jurídicos) y limita la responsabilidad al monto aportado (salvo abusos de la forma). Ideal para formalizar, atraer inversión y proteger tu patrimonio.
Crea tu empresa tú solo o con socios y separa tus finanzas personales de las del negocio.
No es obligatoria la junta directiva (a menos que tus estatutos la exijan).
Puedes pagar el capital suscrito hasta en 2 años.
Revisor fiscal solo si superas topes (≈ 5.000 SMMLV en activos o 3.000 SMMLV en ingresos al cierre del año anterior).
Puedes restringir o exigir autorización para vender acciones (hasta 10 años, prorrogable por unanimidad).
Paso a paso: cómo crear tu S.A.S. (checklist accionable)
Nombre y homonimia: verifica disponibilidad en tu Cámara de Comercio.
Estatutos (documento privado): define objeto, capital (autorizado/suscrito/pagado), administración, clases de acciones y reglas de transferencia.
Inscripción en Cámara: obtienes Registro Mercantil y nace la persona jurídica.
DIAN: saca NIT y habilita facturación electrónica (si aplica).
Cuenta bancaria empresarial y libro de accionistas.
Gobierno corporativo “liviano”: si no pactas junta directiva, administra el representante legal.
Capital suscrito: planea su pago en hasta 2 años (desde la suscripción). Tip de flujo de caja: firma en estatutos un cronograma de pagos del capital suscrito (tramos trimestrales o semestrales). Susténtalo en el art. 9 de la Ley 1258.
Lo mínimo que deben decir tus estatutos
Objeto social con foco + amplitud razonable.
Clases de acciones (si las usarás) y sus derechos.
Restricciones o autorizaciones para transferir acciones:
Prohibición temporal de negociar (máx. 10 años, prorrogable por unanimidad por períodos adicionales de 10 años).
Autorización previa de la asamblea para vender.
Modelo de administración (con o sin junta; representante legal).
Calendario de pago del capital suscrito.
Obligaciones y “recordatorios” que no se te pueden pasar
Revisor Fiscal: obligatorio si superas 5.000 SMMLV en activos o 3.000 SMMLV en ingresos al corte del año anterior (criterio general vigente 2025).
Libros y actas: lleva libro de accionistas y actas (decisiones por escrito son válidas si cumples formalidades).
Actualizaciones: renueva registro mercantil anual y mantén RUT al día.
Acciones: emitir, vender y atraer inversión (sin sorpresas)
Puedes emitir acciones al crear la sociedad o después (útil para inversionistas).
Si restringes la venta en estatutos, pon plazo y mecanismo (p. ej., derecho de preferencia). El límite legal de la restricción es 10 años; para prorrogar, unanimidad.
Si exiges autorización previa, que el proceso sea claro (quién autoriza, tiempos y criterios).
Errores comunes (y cómo evitarlos)
Mezclar finanzas personales y de la empresa. Abre cuenta empresarial desde el día 1.
Estatutos “copiados y pegados”. Ajusta objeto, gobierno, capital y reglas de acciones a tu realidad.
Ignorar el plazo del capital suscrito. Documenta pagos; 2 años es el máximo legal.
Olvidar topes de revisor fiscal. Revisa tus cifras al cierre; si cruzas topes, nombra uno a tiempo.

