S.A.S. en Colombia 2025: guía práctica para emprender sin enredos

¿Qué es y por qué conviene?

La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es una persona jurídica distinta a ti. Permite uno o varios socios (naturales o jurídicos) y limita la responsabilidad al monto aportado (salvo abusos de la forma). Ideal para formalizar, atraer inversión y proteger tu patrimonio.

  • Crea tu empresa tú solo o con socios y separa tus finanzas personales de las del negocio. 

  • No es obligatoria la junta directiva (a menos que tus estatutos la exijan). 

  • Puedes pagar el capital suscrito hasta en 2 años. 

  • Revisor fiscal solo si superas topes (≈ 5.000 SMMLV en activos o 3.000 SMMLV en ingresos al cierre del año anterior). 

  • Puedes restringir o exigir autorización para vender acciones (hasta 10 años, prorrogable por unanimidad). 

Paso a paso: cómo crear tu S.A.S. (checklist accionable)

  1. Nombre y homonimia: verifica disponibilidad en tu Cámara de Comercio.

  2. Estatutos (documento privado): define objeto, capital (autorizado/suscrito/pagado), administración, clases de acciones y reglas de transferencia. 

  3. Inscripción en Cámara: obtienes Registro Mercantil y nace la persona jurídica.

  4. DIAN: saca NIT y habilita facturación electrónica (si aplica).

  5. Cuenta bancaria empresarial y libro de accionistas.

  6. Gobierno corporativo “liviano”: si no pactas junta directiva, administra el representante legal.

  7. Capital suscrito: planea su pago en hasta 2 años (desde la suscripción).      Tip de flujo de caja: firma en estatutos un cronograma de pagos del capital suscrito (tramos trimestrales o semestrales). Susténtalo en el art. 9 de la Ley 1258.

Lo mínimo que deben decir tus estatutos

  • Objeto social con foco + amplitud razonable.

  • Clases de acciones (si las usarás) y sus derechos.

  • Restricciones o autorizaciones para transferir acciones:

    • Prohibición temporal de negociar (máx. 10 años, prorrogable por unanimidad por períodos adicionales de 10 años).

    • Autorización previa de la asamblea para vender. 

  • Modelo de administración (con o sin junta; representante legal). 

  • Calendario de pago del capital suscrito.

Obligaciones y “recordatorios” que no se te pueden pasar

  • Revisor Fiscal: obligatorio si superas 5.000 SMMLV en activos o 3.000 SMMLV en ingresos al corte del año anterior (criterio general vigente 2025). 

  • Libros y actas: lleva libro de accionistas y actas (decisiones por escrito son válidas si cumples formalidades).

  • Actualizaciones: renueva registro mercantil anual y mantén RUT al día.

Acciones: emitir, vender y atraer inversión (sin sorpresas)

  • Puedes emitir acciones al crear la sociedad o después (útil para inversionistas).

  • Si restringes la venta en estatutos, pon plazo y mecanismo (p. ej., derecho de preferencia). El límite legal de la restricción es 10 años; para prorrogar, unanimidad

  • Si exiges autorización previa, que el proceso sea claro (quién autoriza, tiempos y criterios).

Errores comunes (y cómo evitarlos)

  • Mezclar finanzas personales y de la empresa. Abre cuenta empresarial desde el día 1.

  • Estatutos “copiados y pegados”. Ajusta objeto, gobierno, capital y reglas de acciones a tu realidad.

  • Ignorar el plazo del capital suscrito. Documenta pagos; 2 años es el máximo legal. 

  • Olvidar topes de revisor fiscal. Revisa tus cifras al cierre; si cruzas topes, nombra uno a tiempo.

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