...

Impuesto al patrimonio 2026 en Colombia

El impuesto al patrimonio es un tributo que se calcula sobre la riqueza neta (activos menos deudas) que una persona posee al 1 de enero de cada año gravable. Para el 2026, este impuesto presenta matices importantes debido a reformas recientes que buscan asegurar ingresos estables para el Estado, convirtiéndolo en un tributo de carácter permanente.

¿Quiénes deben declarar y pagar en 2026?

No todos los contribuyentes están sujetos a este tributo. La obligación recae sobre aquellos cuyo patrimonio líquido (activos totales menos deudas soportadas) al 1 de enero de 2026 sea igual o superior a 40.000 UVT.

El umbral en pesos

Considerando que la UVT fijada para 2026 es de $52.374:

  • Umbral mínimo: $40.000 x $52.374 = $2.094.960.000

    Nota importante: Aunque en años anteriores se manejó un umbral de 72.000 UVT , para el año gravable 2026 la referencia clave para la mayoría de personas naturales es de 40.000 UVT

Sujetos obligados

  • Personas naturales residentes: Deben declarar su patrimonio poseído tanto en Colombia como en el exterior.
  • Personas naturales no residentes: Solo declaran por los bienes ubicados directamente en Colombia.
  • Sucesiones ilíquidas: Cuando el causante era poseedor de bienes en el país.
  • Sociedades extranjeras: En casos específicos donde posean bienes en Colombia y no sean declarantes de renta.

Cómo calcular la base gravable

La liquidación se realiza siguiendo una depuración sencilla pero rigurosa:

  1. Determinar el Patrimonio Bruto: Suma de todos los bienes (inmuebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias, acciones).
  2. Restar Deudas: Solo aquellas vigentes al 1 de enero y debidamente soportadas.
  3. Aplicar la fórmula:

    Patrimonio Bruto – Pasivos = Patrimonio Líquido

  4. Aplicar Exclusiones: Las personas naturales pueden restar el valor de su vivienda de habitación hasta un tope de 12.000 UVT $628.488.000). Esta exclusión no aplica para casas de recreo o segundas viviendas.

Tarifas del Impuesto al Patrimonio 2026

El impuesto es marginal y progresivo, lo que significa que la tarifa aumenta a medida que el patrimonio es mayor.

Rango de patrimonio (UVT)Tarifa Marginal
0 a 40.000

0%

40.001 a 70.000

0,5%

70.001 a 120.000

1%

120.001 a 240.000

2%

240.001 a 2.000.000

3%

Más de 2.000.000

5%

Calendario Tributario 2026: Fechas de pago

La DIAN permite el pago en dos cuotas iguales, pero la declaración completa debe presentarse junto con el primer pago en mayo. Las fechas dependen del último dígito del NIT:

1ª Cuota y Declaración (Mayo 2026)

  • NIT terminado en 1: 12 de mayo
  • NIT terminado en 2: 13 de mayo
  • NIT terminado en 3: 14 de mayo
  • NIT terminado en 4: 15 de mayo
  • NIT terminado en 5: 19 de mayo
  • NIT terminado en 6: 20 de mayo
  • NIT terminado en 7: 21 de mayo
  • NIT terminado en 8: 22 de mayo
  • NIT terminado en 9: 25 de mayo
  • NIT terminado en 0: 26 de mayo

2ª Cuota (Septiembre 2026)

El plazo máximo para el pago de la segunda cuota vence el 14 de septiembre de 2026 para todos los dígitos.

Errores comunes y sanciones

Presentar información incorrecta o fuera de tiempo puede acarrear costos elevados:

  • Sanciones: Pueden llegar hasta el 100% del mayor valor determinado o el 20% del valor a pagar, más intereses moratorios.
  • Valoración errónea: Declarar inmuebles o acciones por valores que no siguen los criterios fiscales (costo fiscal vs. valor intrínseco o catastral).
  • Omitir activos en el exterior: Todos los activos fuera del país deben reportarse si se es residente fiscal.

Checklist de soportes necesarios

Para una declaración segura, asegúrate de tener:

  • Certificados bancarios y de inversiones (CDT, bonos).
  • Escrituras y recibos del impuesto predial.
  • Certificados de acciones y participaciones.
  • Soportes de deudas vigentes (pagarés, hipotecas).
Scroll to Top
Abrir chat
💬 Necesitas ayuda?
Hola👋
Que podemos hacer por ti?