Pagar lo justo es correcto. El problema es cruzar la línea entre planeación tributaria legal (elusión lícita) y fraude (evasión). Aquí te explicamos diferencias, ejemplos y riesgos.
Todo emprendedor busca pagar lo justo: ni un peso más, ni un peso menos. El problema aparece cuando se cruza la frontera entre planeación tributaria legal y fraude tributario. Confundir elusión con evasión puede costarte desde sanciones económicas hasta consecuencias penales.
En esta guía de CuentaTe vas a encontrar con definiciones claras, ejemplos reales y un checklist práctico para mantener tu negocio en la legalidad.
Elusión fiscal: qué es y ejemplos (cuando es legal)
La elusión fiscal (también llamada “economía de opción”) es una práctica legal que consiste en usar herramientas, beneficios o regímenes previstos por la ley para minimizar la carga tributaria cumpliendo los requisitos formales.
Ejemplos comunes de elusión (legal):
- Inscribirse al Régimen Simple (RST) si cumples condiciones y te conviene por tarifas y simplificación.
- Aplicar deducciones permitidas, por ejemplo deducción por dependientes (personas naturales) si cumples requisitos.
- Aprovechar exclusiones de IVA en casos específicos (p. ej., vehículos eléctricos cumpliendo el proceso correspondiente).
Importante: “Que sea legal” no significa “cualquier cosa vale”. En Colombia existe el concepto de abuso en materia tributaria, y ciertas inexactitudes pueden agravar sanciones.
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Evasión fiscal: qué es y ejemplos (cuando es ilegal)
La evasión fiscal (defraudación/evasión tributaria, según el caso) es una práctica ilegal que busca reducir o eliminar impuestos mediante violación, omisión o engaño frente a la norma.
Ejemplos típicos de evasión:
- Ocultar ingresos: no registrar ventas o no emitir factura electrónica para que el ingreso no sea rastreable.
- Inflar costos/gastos: reportar gastos inexistentes o “pasar” compras personales como deducción del negocio.
- No declarar estando obligado: omitir declaración de renta o IVA cuando aplica.
| Criterio | Elusión fiscal (lícita) | Evasión fiscal (ilícita) |
|---|---|---|
| Naturaleza | Planeación dentro de la ley | Engaño/omisión/violación |
| Qué haces | Usas regímenes/beneficios cumpliendo requisitos | Ocultas ingresos, inventas gastos o no declaras |
| Soportes | Documentación y sustancia económica | Inconsistencias, soportes falsos o inexistentes |
| Riesgo | Bajo–medio (si está bien estructurada) | Alto (sanciones económicas y posibles penales) |
| Recomendación | Validar con experto y mantener evidencia | Corregir, regularizar y evitar reincidencia |
Sanciones y riesgos en Colombia (qué puede pasar si hay evasión)
En Colombia, las consecuencias se agrupan normalmente en sanciones tributarias (económicas) y consecuencias penales según la conducta y los montos.
1) Sanciones económicas (multas e intereses)
- Sanción por no declarar: el Estatuto Tributario contempla sanción para obligados que omiten presentar declaraciones (ver Art. 643 y doctrina/compilación DIAN).
- Sanción por inexactitud: la regla general puede ser del 100% (según el tipo de declaración y determinación), con agravantes.
- Hasta 200% en casos específicos: por ejemplo, cuando se omiten activos o se incluyen pasivos inexistentes, la norma puede llevar la sanción al 200% en esos supuestos.
Nota: evita prometer “detección 100%”. Mejor: “la DIAN tiene herramientas y cruces de información que incrementan la probabilidad de detección”.
2) Consecuencias penales (delitos tributarios)
Para que exista delito penal, deben cumplirse elementos y umbrales que están definidos en el Código Penal (modificado, entre otras, por reformas como Ley 2277 de 2022).
Artículo 434B – Defraudación o evasión tributaria: contempla pena cuando la conducta genera un menor valor a pagar o un mayor saldo a favor en ciertos rangos (por ejemplo, desde 100 SMMLV y por debajo de 2.500 SMMLV en el primer rango, con incrementos en rangos superiores).
Función Pública
Artículo 434A – Omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes: contempla pena cuando se superan umbrales (por ejemplo, desde 1.000 SMMLV, con incrementos si el valor es superior).
Cómo hacer planeación tributaria legal (checklist CuentaTe)
Usa este checklist para mantenerte en “zona segura”:
Define tu régimen y obligaciones (RST vs ordinario; IVA; retenciones; información exógena).
Soporta todo: facturas, contratos, extractos, nómina, certificados, actas.
Valida sustancia económica: que la operación tenga lógica de negocio (no solo “bajar impuestos”).
No improvises con costos/gastos: si no existe o no corresponde al negocio, no va.
Revisa antes de declarar: cruces internos (ventas vs bancos, nómina vs PILA, compras vs inventario).
Si te equivocas, corrige rápido: suele ser menos costoso corregir voluntariamente que esperar un requerimiento.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿La elusión fiscal es ilegal?
No necesariamente. Puede ser planeación lícita si se hace cumpliendo requisitos, con soporte y sustancia económica.
¿No declarar renta o IVA es evasión?
Puede configurar incumplimientos sancionables y, según el caso y montos, activar escenarios más graves. La sanción por no declarar existe en el régimen tributario.
¿Cuándo una inexactitud puede ser muy costosa?
Además del 100% general, hay escenarios donde puede llegar al 200% (p. ej., omisión de activos o pasivos inexistentes).
¿Qué hago si ya cometí errores en declaraciones anteriores?
La recomendación general es diagnosticar, soportar y corregir. La estrategia depende del caso (régimen, períodos, soportes y notificaciones).
¿CuentaTe puede ayudarme a revisar si mi planeación es legal?
Sí: idealmente con una revisión de régimen, ingresos, costos, deducciones y soportes, más una ruta de corrección si aplica.
La diferencia es simple: la elusión (bien hecha) es planeación dentro de la ley; la evasión es fraude. Tu objetivo como negocio debe ser optimizar, sí, pero con soporte, sustancia y estrategia.
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