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ICA en Colombia

¿Qué es el ICA?

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo municipal/territorial: lo cobra el municipio o distrito donde se realiza la actividad gravada (industrial, comercial o de servicios). En otras palabras: no es un impuesto “de la DIAN”, sino de la Secretaría de Hacienda de cada ciudad/municipio.

Lo clave (y lo que más confunde) es esto:

  • Cada municipio fija detalles prácticos: cómo declaras, cuándo vences, qué formulario usas, y qué tarifas aplican.

  • Por eso el ICA no tiene un “calendario único nacional”: hay un calendario por ciudad/municipio (Bogotá, Cali, Medellín, etc.).

¿Quién debe declarar y pagar ICA?

En general, debe declarar/pagar ICA quien realice actividades industriales, comerciales o de servicios en la jurisdicción del municipio (persona natural, jurídica, sociedad de hecho, etc.). Por ejemplo, Bogotá define como sujeto pasivo a quien ejerza esas actividades en su jurisdicción.

Normalmente SÍ declaran/pagan ICA

  • Empresas (SAS, LTDA, etc.) con ventas o servicios en la ciudad.

  • Personas naturales con negocio, local, consultoría, prestación de servicios, comercio electrónico, etc., cuando el municipio las considera contribuyentes por su actividad/ingresos.

  • Consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos, cuando la actividad gravada se realiza a través de estas figuras (ej. Bogotá lo contempla).

Ojo con operar en varias ciudades

El ICA se relaciona con la territorialidad: cada municipio solo puede gravar ingresos originados por actividades en su territorio. Esto es la raíz de muchos errores (pagar “todo” en una sola ciudad cuando realmente hubo actividad en varias).

¿Qué actividades grava el ICA?

Para no enredarte con clasificaciones largas, quédate con el mapa general (ejemplo de definiciones usadas por Bogotá):

  • Industrial: producir, fabricar, transformar, ensamblar, etc.

  • Comercial: compra/venta y distribución de bienes.

  • Servicios: labores o trabajos por los que recibes una contraprestación (dinero o especie), sin relación laboral con el contratante.

¿Sobre qué valor se calcula? (Base gravable)

En muchos casos, la base se construye sobre los ingresos del año gravable. Por ejemplo, en Bogotá se indica que la base gravable se constituye por la totalidad de ingresos ordinarios y extraordinarios del año, con exclusiones expresas según norma aplicable.

Traducción práctica: si no tienes tu contabilidad/ingresos ordenados por ciudad (cuando aplica), el ICA se vuelve un dolor de cabeza.

ICA vs ReteICA: el error #1

  • ICA: tu impuesto como contribuyente.

  • ReteICA: retención del ICA (cuando te retienen o cuando tú retienes si eres agente retenedor). En Bogotá, incluso el portal los trata juntos (“ICA y ReteICA”) porque suelen convivir en el cumplimiento.

Regla simple:
Si te retienen, revisa certificados y cruces.
Si eres retenedor, tu calendario puede ser distinto al del ICA “normal”.

¿ICA anual o bimestral? (por qué tu calendario cambia)

Aquí está el punto que más te puede “romper” el calendario: la periodicidad.

Ejemplo claro (Bogotá): puede ser anual o bimestral. En Bogotá, desde 2017 se declara anual, salvo contribuyentes cuyo impuesto a cargo del año anterior exceda 391 UVT, quienes declaran y pagan bimestralmente.

Lo importante no es memorizar el número, sino la lógica:

  1. Tu ciudad define periodicidad (anual/bimestral/otros regímenes).

  2. Esa periodicidad define qué calendario debes seguir.

“No me quiero enredar con calendarios”: el método en 6 pasos

Este sistema funciona para cualquier ciudad (Bogotá, Cali, Medellín o el municipio que sea).

Paso 1: Define tu “jurisdicción ICA”

  • ¿Dónde tienes establecimiento, oficina, sede, punto de venta?

  • ¿Dónde prestas el servicio o se materializa la operación?

  • Si hay varias ciudades, documenta por qué asignas ingresos a cada una (esto te salva en una fiscalización).

Paso 2: Identifica tu “rol”

Marca cuál(es) aplica(n):

  • Contribuyente de ICA

  • Agente de ReteICA (retienes a terceros)

  • Autorretenedor (si tu municipio lo maneja así; en Medellín, por ejemplo, existen trámites/formularios para autorretenciones y retenciones).

Paso 3: Determina la periodicidad (la llave del calendario)

  • Bogotá: anual vs bimestral depende de reglas como la de 391 UVT (según caso).

  • Otras ciudades: revisa el calendario y resolución local.

Paso 4: Busca el calendario oficial (solo 1 fuente manda)

  • Bogotá publica información y acceso a “Liquida, presenta y paga”.

  • Medellín centraliza “Declare y Pague” con formularios e instructivos.

  • Cali publica su “Calendario Tributario” y anuncia el calendario 2026 desde la Alcaldía.

Paso 5: Construye un “calendario maestro” (1 sola hoja)

En tu Excel/Notion/Agenda pon columnas:

  • Ciudad/Municipio

  • Impuesto (ICA / ReteICA / Autorreten)

  • Periodicidad (anual/bimestral/…)

  • Regla de vencimiento (por NIT, por rango de ingresos, etc.)

  • Fecha límite

  • Soportes (link carpeta / comprobantes)

Paso 6: Cierre mensual anti-sanciones (checklist de 10 minutos)

  • Ingresos cerrados (y separados por ciudad si aplica)

  • Retenciones cruzadas (ReteICA/ICA retenido)

  • Declaración generada / recibo descargado

  • Pago realizado

  • Comprobante guardado

  • Evidencia archivada (5 años es una referencia común en obligaciones locales; Bogotá, por ejemplo, menciona conservación de información y pruebas en su esquema de obligaciones del régimen preferencial).

Caso especial: Régimen SIMPLE (y por qué te cambia la vida)

Sin entrar en laberintos: varios municipios ajustan reglas de retención y obligaciones cuando el contribuyente está en SIMPLE/RST. Por ejemplo, Bogotá indica que los contribuyentes pertenecientes al Régimen Simple de Tributación (RST) no están sujetos a retención por ICA.

Recomendación práctica: si estás en SIMPLE, no asumas: valida en la Secretaría de Hacienda de tu ciudad si:

  • declaras ICA “normal”,

  • solo te aplican retenciones,

  • o cambia la mecánica.

Errores típicos (y cómo evitarlos)

  1. Seguir el calendario equivocado (anual vs bimestral). Solución: define periodicidad primero.

  2. Pagar todo en una ciudad cuando hubo actividad en varias. Solución: criterio de territorialidad + soportes.

  3. Confundir ICA con ReteICA (y duplicar pagos o dejar obligaciones colgadas). Solución: separa roles (contribuyente vs retenedor).

  4. No inscribirse/actualizar registro local (cuando aplica). Ejemplo: Bogotá explica el RIT como mecanismo para identificar y clasificar contribuyentes.

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