
Descubre el paso a paso para calcular tu impuesto de renta, entiende las deducciones permitidas y evita sanciones con la DIAN.
Muchos que presentan su declaración se cuestionan: “¿Debo pagar algo? “, “¿Cuál será la cantidad que me cobren en la DIAN? ” o “¿Hice mis cálculos correctamente? “.
La realidad es que declarar no siempre significa pagar. Sin embargo, es importante comprender cómo se calcula este impuesto para que puedas beneficiarte de las ventajas fiscales que la legislación colombiana ofrece y, principalmente, para prevenir errores que puedan resultar costosos.
En este artículo, te explicaremos la lógica detrás del formulario 210 de la manera más sencilla posible.
Paso 1: Comprende la “Depuración” de la Renta
El impuesto no se basa en toda la cantidad de dinero que recibiste en tu cuenta bancaria (Ingreso Bruto). Se calcula sobre tu Renta Líquida Gravable. Para determinarla, es necesario realizar un proceso de “depuración” o limpieza de tus ingresos.
La fórmula básica es la siguiente:
Ingresos brutos (-) Ingresos no Constitutivos de renta (-) Deducciones (-) Rentas exentas (-) Costos y Gastos (cuando aplique) = Renta Liquida gravable
¿Qué restamos aquí? En los Ingresos no constitutivos de renta por ejemplo, tus aportes obligatorios a salud y pensión. Ese dinero, aunque lo ganaste, no se considera para el impuesto porque es para tu seguridad social.
Paso 2: El Sistema de Cédulas
Desde hace unos años, Colombia maneja un sistema de “Cédulas” para clasificar los ingresos. Para la mayoría de las personas naturales, la más importante es la Cédula General, que agrupa:
- Rentas de Trabajo: Salarios, honorarios, comisiones.
- Rentas de Capital: Intereses, rendimientos financieros, arrendamientos.
- Rentas No Laborales: Otros ingresos que no encajan en las anteriores.
Paso 3: La Magia de las Deducciones y Rentas Exentas
La normativa te permite restar ciertos valores para disminuir la base sobre la cual pagarás impuestos.
- Deducciones: Intereses de vivienda, medicina prepagada, dependientes económicos (hijos, padres, cónyuge) y el 1% de compras con factura electrónica, entre otras.
- Rentas Exentas: Aportes a cuentas AFC, pensiones voluntarias y el famoso 25% de renta exenta laboral (con sus respectivos límites anuales en UVT).
¡Ten en cuenta el límite! La combinación de tus deducciones y rentas exentas no debe sobrepasar el 40% de tus ingresos netos (menos los ingresos no constitutivos), ni exceder el tope anual en UVT indicado por la ley.
Paso 4: Aplicando la Tarifa (Tabla del Art. 241)
Una vez tienes tu Renta Líquida Gravable (el resultado final después de todas las restas), ubicamos ese valor en la tabla progresiva del Estatuto Tributario.
- Si tu base gravable es baja (generalmente menos de 1.090 UVT), tu tarifa es 0%. ¡Declaras, pero pagas cero!
- A medida que sube el ingreso, la tarifa aumenta progresivamente (19%, 28%, 33%, hasta el 39%).
¿Por qué necesitas un Contador si “el sistema lo hace solo”?
La DIAN ofrece una “declaración sugerida”, pero ten cuidado: generalmente está incompleta. El sistema de la DIAN frecuentemente no considera:
- Tus dependientes económicos recientes.
- Tus gastos deducibles reales.
- Costos procedentes específicos para independientes.
Aceptar la sugerencia sin revisarla puede llevarte a pagar más impuestos de los que deberías, o incluso a dejar de incluir información que podría resultar en una multa por inexactitud.
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¿Como calcular el IMPUESTO DE RENTA?
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